El Ministerio del Interior establece que las personas con discapacidad sí pueden salir a la calle durante el estado de alarma cuando sea para fines terapéuticos.
Tal y como se establece en el Boletín Oficial del Estado, la evolución de la situación sanitaria actual obliga a la adaptación de las medidas que se tomaron el pasado 14 de marzo
En este contexto y con el fin de proteger a los colectivos más vulnerables, el BOE especifica que “las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, puedan realizar los desplazamientos que sean necesarios, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio”.
Junto a esta medida se han establecido varias excepciones a la orden de permanecer en casa:
- se permite salir a la calle cuando el fin sea el cuidado de personas mayores, menores, personas dependientes o con discapacidad.
- se entiende que las personas con discapacidad que salgan a la calle es por fuerza mayor y como parte de su terapia.
- en todas las situaciones excepcionales se establece que debe salir una sola persona, salvo “que se acompañe a personas con discapacidad o por causa justificada”.
Desde el Ministerio de Sanidad se reitera la obligatoriedad de permanecer en casa ya que “lo que busca es evitar el riesgo de contacto entre personas para que no haya transmisión” del coronavirus.